No te preocupes, la Ley Federal de Trabajo protege tus derechos durante la lactancia como madre trabajadora. De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en México más de 19.9 millones de mujeres trabajan de manera formal fuera del hogar, de ellas más 14.7 millones son madres.
¿Cuáles son tus derechos laborales durante la lactancia?
Recuerda que tras tu incapacidad por maternidad tienes derecho a lactar, especialmente si tu bebé nació de forma prematura, puesto que para lo bebés que nacieron antes de las 37 semanas de gestación, la leche materna les ayuda a ganar peso rápidamente, así como a evitar alergias, asma y riesgo de muerte de cuna.
Al respecto, la ginecóloga Aurora Martínez González, de la Asociación Pro Lactancia Materna, explica que la mujer por ley tiene dos periodos de 30 minutos durante el día laboral para ocuparlos como mejor le convenga.
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“Durante esos 30 minutos la mamá trabajadora puede extraerse la leche materna en un lactario —lugar privado que deberá contener un lavabo, agua limpia, jabón, un refrigerador y un sillón cómodo— para que se extraiga su leche; o bien durante esos treinta minutos puede acudir —si le alcanza el tiempo— a la guardería para darle de comer a su hijo”, advierte Martínez González.
Pero también la mujer puede juntar esos dos periodos de 30 minutos para ir a la guardería o a su casa a fin de lactar a su bebé. O bien, es posible que los 60 minutos la mujer los ocupe para entrar una hora más tarde a su jornada laboral o bien para que salga una hora más temprano para que pueda extraerse la leche en la comunidad de su hogar.
“Ella tiene que ver qué es lo que le conviene más: extraerse la leche en el centro de trabajo, o ir y darle de comer a su pequeño, o modificar una hora su horario de trabajo para extrañes la leche en su hogar y almacenarla allí. Lo importante es apoyar a la mujer para que siga produciendo la cantidad suficiente de leche, puesto que si ella no logra estimular su glándula mamaria, perderá la lactancia”, precisa la experta.
- Seis meses como máximo
“La lactancia materna deberá ser el alimento exclusivo durante los primeros seis meses de vida del recién nacido, por eso, el periodo de lactancia durará el mismo tiempo: 6 meses, pero a partir de que la mujer regrese a su centro de trabajo, no cuando el bebé haya nacido”, advierte María Soledad Millán Lizárraga, presente de la Confederación Nacional de Pediatría de México.
“Cuando la mamá regrese a trabajar, deberá ponerse de acuerdo con su empleador para que se organice el tiempo de lactancia que tiene, además, durante ese tiempo su salario no puede disminuir, tampoco sus presentaciones”, precisa Martínez González.
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En este sentido, las mujeres en México destinan más del 70% de sus ganancias a la comunidad y a su familia, en tanto que los hombres sólo otorgan entre 30 y 40% de sus recursos para dichos fines, de acuerdo con la Asociación Mexicana de Mujeres Empresarias. Por tanto, el salario deberá respetarse íntegramente tanto en la lactancia, pero también durante el embarazo.
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- ¿Dónde acudir para denunciar?
Además de la incapacidad por maternidad y el periodo de la lactancia, la mujer trabajadora tiene el derecho al servicio de guardería. Si estos derechos laborales no se cumplen, ella puede acudir a la La Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo más cercana y hacer la denuncia de abuso laboral, también es posible realizarla de forma anónima, si se considera que se está en riesgo de perder el trabajo.
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