Y es que la maternidad comprende un estado fisiológico que abarca: el embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia.
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Durante este periodo tienes el derecho constitucional de contar con un descanso que comprende entre 84 a 90 días o más si está en riesgo tu salud o la de tu recién nacido.
Además, durante este periodo de descanso tienes que percibir tu salario íntegro. Es decir, sin que se descuente ningún día.
Incapacidad por maternidad ¡así se tramita!
En el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cada año se tramitan entre 273 y 300 mil incapacidades por maternidad y los requisitos que solicita esta institución, fundada en 1973, son:
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- Tener un control prenatal en el IMSS o con un médico externo. Es decir, no puedes llegar la última semana de embarazo a solicitar tu incapacidad, sino que tienes que recibir atención médica mes a mes; el objetivo es saber si tu bebé está desarrollándose adecuadamente o si necesitará atención especial durante el parto o los primeros días de su nacimiento.
- También es importante saber si tú estás sana, o tienes alguna condición como: hipertensión o diabetes gestacional, anemia durante el embarazo u otras situaciones.
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Después tienes que presentar:
- Identificación oficial vigente. Puede ser tu INE o pasaporte, ambos deben estar vigentes.
- Número de Seguridad Social (NSS). Es único, permanente e intransferible y se asigna para llevar un registro de los trabajadores y las trabajadoras.
- Certificado médico. En caso de que hayas llevado tu control del embarazo con un médico privado y no en el IMSS deberás llevar un ultrasonido de no más de 5 semanas de antigüedad, así como otros documentos de salud.
- Constancia de vigencia. Es un documento que indica que sigues teniendo el servicio del IMSS, este documento lo puedes sacar por internet, ten a la mano tu CURP, NSS y un correo electrónico.
2. Paso a paso para tramitar incapacidad por maternidad
Acude a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) a partir de la semana 34 para obtener el certificado único de incapacidad, que cubre 84 días. Sin embargo, puedes traspasar libremente hasta 4 semanas del periodo prenatal al postparto, para que puedas estar más tiempo con tu bebé recién nacido.
También es posible tramitar la incapacidad en línea a través de la “Aplicación Móvil IMSS Digital” y para ello deberás adjuntar los documentos antes mencionados pero en formato PDF.
Cuando esté aprobada tu incapacidad, recibirás una notificación por correo electrónico sobre la aprobación del trámite, y el pago de tu salario se te realizará directamente a tu cuenta bancaria que registraste.
¡Incapacidad por maternidad en el ISSSTE!
La licencia de maternidad que te ofrece será por un periodo de noventa días naturales, con goce de sueldo, en términos de lo señalado por el Reglamento de Servicios Médicos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
1. Requisitos para tramitar incapacidad por maternidad
- Ser trabajadora afiliada al ISSSTE, para ello deberás presentar estos documentos:
- Identificación oficial vigente.
- CURP.
- Licencia médica emitida por el ISSSTE.
- Talón de pago reciente.
- Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria.
2. Pasos para tramitar incapacidad por maternidad en ISSSTE
- Ingresa a la Oficina Virtual del ISSSTE y selecciona el trámite de incapacidad por maternidad.
- Carga la documentación requerida en formato digital.
- Recibirás un correo electrónico con la resolución del trámite.
- Ambos trámites son gratuitos y es importante realizarlos dentro de los tiempos establecidos para garantizar el acceso al subsidio.
Si necesitas orientación adicional, puedes comunicarte al IMSS al 800-623-2323 o al ISSSTE al (0155) 5140-9617.