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El divorcio exprés

El divorcio es una situación difícil que toma tiempo y estrés. Para esto esta el divorcio exprés, conócelo.

Para la gran mayoría, el divorcio es una situación difícil porque no sólo implica un desgaste emocional, sino también trámites legales que requieren tiempo y dinero. La noticia de última hora y la cual ha generado opiniones encontradas es que -para bien o para mal- en el Distrito Federal ya existe el divorcio “exprés”.

Tal vez el término te haga pensar que este tipo de divorcio es sencillo: vas al registro civil, lo solicitas y ¡listo!, automáticamente todo queda resuelto. Sin embargo, si hay hijos de por medio, la pareja no está de acuerdo en ceder las propiedades o exige una pensión, el trámite puede complicarse.

¿Por qué «exprés»?

Pese que los medios de comunicación lo han nombrado “exprés” porque las personas tardan alrededor de 30 días en disolver su matrimonio, el nombre legal y correcto es divorcio unilateral.

“Esta nueva modalidad de divorcio, permite que uno de los cónyuges, en el momento que lo desee, sin ninguna justificación, pida el divorcio ante el juez”, explica el Dr. Jorge Adame Goddard, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Anteriormente la ley estipulaba que las personas sólo podían divorciarse por dos razones:



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  • Si ambas partes deseaban separarse.
  • Cuando había alguna conducta inconveniente de algún cónyugue como violencia, abandono de hogar, infidelidad, entre otras.

“Ahora ya no hace falta una causa, simplemente la voluntad del ‘Ya no quiero seguir’ por alguna de las dos partes. Cualquiera puede ‘deshacer’ el matrimonio en el momento que se desee y sin consentimiento de su pareja”, señala Adame.

El especialista considera que este tipo de divorcio exprés hace ver al matrimonio como algo light, pues no genera compromiso entre las partes y puede prestarse a fraudes.

“Por ejemplo, una pareja se casa. La mujer es quien trabaja y hace el patrimonio, su esposo se queda en casa. Un día, éste le pide el divorcio unilateral y, de acuerdo a las nuevas leyes, ella tiene la obligación de darle la mitad de lo que ha logrado, pese a que no esté de acuerdo ni con el divorcio, ni la repartición de bienes”, explica.

Lo que pocos saben

El divorcio unilateral únicamente disuelve el vínculo matrimonial, no soluciona ni la repartición de bienes, ni la custodia de los hijos. Por eso al solicitarlo es necesario presentar un convenio o propuesta que deberá hacer el cónyuge solicitante. En caso de que la otra persona no esté de acuerdo, habrá juicios ordinarios que durarán como mínimo 6 meses.

¿Cómo y dónde solicitarlo?

  • Sólo pueden solicitarlo aquellas personas que tengan más de un año de matrimonio y se hayan casado en algún Registro Civil del Distrito Federal.
  • Se debe presentar original y copia de las actas de matrimonio y de nacimiento de los hijos, junto con el convenio y formato de solicitud de divorcio que se adquiere en los registros civiles.
  • Los papeles se deberán presentar en los Tribunales de lo Familiar en el Distrito Federal.
  • En caso de necesitar abogado se puede recurrir a los privados o de oficio.
  • El costo del divorcio según la página del Distrito Federal es de 750 pesos, aunque puede aumentar si se contrata un abogado.

¿Qué debe incluir el convenio?

El artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal señala que es necesario que el convenio o propuesta del divorcio unilateral incluya:

  • La designación de la persona que tendrá la guarda y custodia de los hijos.
  • Las modalidades bajo las cuales el progenitor, que no tenga la guarda y custodia, ejercerá el derecho a las visitas, respetando los horarios de comida, descanso y estudio de los hijos.
  • El modo de atender las necesidades de los hijos y del cónyuge, a quien se le debe dar una pensión alimentaria, especificando la forma, lugar y fecha del pago de esta obligación, así como la garantía para asegurar su debido cumplimento.
  • Designación del cónyuge al que corresponderá el uso del domicilio conyugal.
  • La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante los procedimientos y hasta que se liquide, así como la forma de liquidarla, exhibiendo para ese efecto, en su caso, las capitulaciones matrimoniales, el inventario, avalúo y el proyecto de participación.

¿Afecta a las amas de casa?

No. De acuerdo con la fracción 7 del artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal, en el caso del régimen de separación de bienes es importante que en el convenio para el divorcio unilateral se señale la compensación, que no podrá ser superior al 50% del valor de los bienes que se hubieran adquirido, a que tendrá derecho el cónyuge que, durante el matrimonio, se haya dedicado al hogar y al cuidado de los hijos.

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